Por: Jeanily Berné
Tras la toma de posesión de Fernandez y la promulgación de la ley de Solidaridad Social, se incluye un impuesto del 30% sobre la compra de dólares para atesoramiento y en la compra de servicios vinculados a turismo en el exterior.
El Gobierno de la República Argentina publicó en el Boletín Oficial una ley que hace referencia a la emergencia de Solidaridad Social y Reactivación Productiva que de manera inmediata se puso en vigencia, con la aplicación de recargos del 30% para operaciones en dólares USD.
A partir de ese momento, el país contará con nueve cambio de dólares distintos:
Dólar minorista: $63,09. Dolar en billete que se compra y vende en agencias y casas de cambio, con un máximo de USD$ 200 por mes, a raíz del cepo hard.
Dólar mayorista: $59,82. Dolar intercambiado donde operan bancos y agentes de comercio exterior.
Dólar blue: se disparó un 2% quedando en $74. Es el billete que se comercializa en cuevas o a través de “arbolitos”, es decir, por fuera del circuito legal.
Dólar futuro: $70,50 a marzo de 2020. Se trata del que se compra en el mercado Rofex.
Dólar de referencia: $59,84. Establecido por el BCRA para emplear en operaciones pactadas entre particulares o empresas en las que se necesite un valor testigo.
Dólar “contado con liquidación”: $75,77. Surge de cambiar pesos por dólares en el exterior mediante la compra y venta de acciones y títulos de deuda.
Dólar Bolsa o MEP: $74,26. Consiste en la compra de bonos en la bolsa porteña con pesos y la venta del mismo título en dólares.
Dólar para atesoramiento: $82. Este billete tendrá un impuesto del 30% y cada persona podrá comprar hasta un máximo de USD$200.
Dólar para turismo en el exterior: $82. Trata del valor del dólares más un impuesto del 30% que se pagará por consumos y compras con tarjeta de crédito o de débito en el exterior. A cotización actual, operaría en torno a los $82.
Ademas de estos también entran e vigencia otros seis tipos de cambios otorgados para el sector alimenticio como lo son :
Dólar soja: $40,20. Para los productores del complejo oleaginoso desde el grano a los derivados industriales, como aceites, harinas y residuos, se prevé una retención de hasta 33%.
Dólar cereal: $51. Otros cultivos relevantes, como trigo y maíz, el derecho de exportación asciende a 15%. También aplica a las exportaciones de girasol.
Dólar carne: $54,60. Cotizado para las ventas al exterior de este rubro y se aplicará una retención del 9%. Incluye todos los cortes de carne, animales vivos, pescados, productos lácteos, plumas, otros subproductos animales, harinas y sémola, grasas, maní, leña y carbón, madera, lana y algodón.
Dólar Vaca Muerta: $55,20. Con retenciones a las exportaciones de petróleo del 12 al 8%.También incluye a exportaciones mineras.
Dólar servicios: $56. Con la vigencia de la retención de $4 por cada dólar exportado por servicios y manufacturas industriales, este tipo de cambio tributa un 6,7% por operaciones en el exterior, lo que reduce cada dólar facturado por este concepto a 56 pesos.
Dólar cereza o de economía regionales: $57. Aunque la Ley de Emergencia Económica no brinda mayores detalles, se establece que la “alícuota para la producción agroindustrial y economía regionales no superará el 5%.
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